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¿Cuál es el trámite para la Inscripción Registral de los bienes inmuebles Estatales?

saneamiento

En este, artículo les damos las pautas, generales para tramitar el Saneamiento o inscripción registral de un predio de propiedad del Estado, trámite que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIEMDA, y consiste en tres etapas: el Saneamiento Físico, Legal y Contable.

Saneamiento Físico:

Consiste en la elaboración del expediente técnico:

  • La memoria descriptiva correspondiente a la realidad actual del área, linderos y medidas   perimétricas del terreno, así como de las construcciones existentes con independencia de las fechas en que pudieran haberse efectuado.
  • Los planos de ubicación, perimétrico y de distribución.
  • Declaración jurada del verificador responsable, dando fe de todos los datos técnicos necesarios para la inscripción, así como de los planos presentados.

Saneamiento Legal:

Consiste en elaborar el titulo materia de calificación registral, y sigue los siguientes pasos:

1).- Las entidades públicas deberán publicar por una (01) vez en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de circulación regional, así como en la Página Web institucional, la relación de bienes y actos materia de saneamiento.     Los terceros que se sientan afectados en algún derecho podrán oponerse judicialmente a la inscripción definitiva. El ejercicio del derecho de oposición suspende el proceso de inscripción registral definitiva, quedando vigente la inscripción provisional hasta que se resuelva la oposición judicial.

2).- Efectuada la citada publicación y dentro de un plazo no mayor a sesenta (60) días calendarios, las entidades públicas deberán presentar ante el Registro de Predios la solicitud de anotación preventiva adjuntando los siguientes documentos:

  • Declaración Jurada, mencionando el documento en el que sustenta su derecho y manifestando que los inmuebles y derechos materia de los actos que se pretenden inscribir en el Registro, no son materia de procedimiento judicial alguno en el que se cuestione la titularidad del bien.
  • La memoria descriptiva correspondiente a la realidad actual del área, linderos y medidas   perimétricas del terreno, así como de las construcciones existentes con independencia de las fechas en que pudieran haberse efectuado, las que se regularizarán con este único documento.
  • Los planos de ubicación, perimétrico y de distribución.
  • Declaración jurada del verificador responsable, dando fe de todos los datos técnicos necesarios para la inscripción, así como de los planos presentados.
  • Copia de la publicación.
  • Cualquier documento que, adicionalmente, permita el saneamiento legal de los inmuebles de propiedad estatal.

Les sugiero también adjuntar:

  • Copia de DNI del representante de la Entidad Administrativa.
  • Copia de la Resolución de designación del representante de la Entidad Administrativa.
  • Copia de Declaración de Autoevaluó.

3).- Las inscripciones registrales, serán realizadas de manera provisional. Transcurrido el plazo de treinta (30) días calendario de efectuada la inscripción provisional sin que haya mediado oposición de una entidad estatal ante la SBN o judicial de terceras personas, procederá la conversión en inscripción definitiva a solicitud de la entidad pública pertinente.

Saneamiento Contable.-

Consiste en gestionar la Declaración de Autoevaluó (PU – HR), emitido por la Municipalidad correspondiente, para posteriormente gestionar el ingreso del valor real del predio en la cuenta contable institucional.

Finalmente cabe indicar, que  el ente rector, en todo lo que respecta a la propiedad inmueble del Estado es la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN),  pero los encargados de ejecutar el saneamiento o inscripción registral de bienes inmuebles del Estado, son las Entidades Públicas así como, los Gobiernos Regionales y Locales, las diferentes Direcciones Regionales de Educación, Salud, Agricultura, Trasportes etc., quienes vienen optando por tercerisar el servicio,  es decir contratar a Empresas que conozcan del tema y así logar sanear o inscribir sus propiedades en SUNARP.

Foto vía stock

21 Respuestas to “¿Cuál es el trámite para la Inscripción Registral de los bienes inmuebles Estatales?”

  1. Ronald says:

    Ilustrativa tu forma de explicar el tema, soy estudiante de derecho y aprecio tu forma de explicar la problematica de la inscripcion de BB INMUENBLES DEL ESTADO.

    Pregunta: Quien realiza la DECLARACION JURADA DE VERIFICACION, acaso un funcionario de la SUNARP y si es asi cual es la tasa o costo que se paga. Gracias de antemano.

  2. carmelamalca says:

    La declaración jurada de verificador, la suscribe un Ingeniero colegiado que se encuentre inscrito en SUNAR como ingeniero verificador, este no es funcionario de la SUNARP.
    Los costos son: Tasa de calificación, Tasa de inscripción, mas el tres por mil del valor del bien.

  3. alex says:

    y si en el bien que se esta por sanear se encuentra ocupado por es decir en una parte del inmueble por un particular

  4. wilmer says:

    Que bueno encontrar algo de informacion sobre estos temas me gustaria saber como se interpone la demanda de oposicion judicial, es decir en que via o tipo de proceso y si solo basta la demanda para levbantar la inscripcion provicional que se inscrito dentro de un predio de propiedad ajena me parece que el Estado no puede abusar de su poder, dentro de poco los delincuentes ya no estarn en la calle..gracias por entender mi pision es que me moelsta mucho el abuso y siempre el pueblo es el que paga

  5. FREDY CASAS says:

    CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR LA RECTIFICACION DE AREAS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE UNA PROPIEDAD ESTATAL. SE APLICA EL D.S. Nº 130-2001-PCM O QUE OTRO DISPOSITIVO LEGAL? FAVOR RESPONDER.
    UD. MANIFIESTA QUE EN LA MEMORIA DESCRIPTIVA, SE DEBE INDICAR EL VALOR DEL BIEN INMUEBLE. DE DONDE SE OBTIENE EL VALOR; DE LOS LIBROS CONTABLES?, AUTOAVALUO?, O SE REQUIERE UNA TASACIóN. FV. PRECISAR.

  6. Jose Antonio says:

    Estimados amigos, existe un predio inscrito ante SUNARP como titular COFOPRI y afectado en uso al Ministerio del Interior (pero el predio en la actualidad ya no es usado por el ministerio del interior, es usado por la Municipalidad y se ha construido un albergue municipal).

    Quisiera saber cual es el trámite para solicitar la desafectación de la afectación en uso de dicho predio urbano para que posteriormente pase como titular del predio la Municipalidad Distrital.

  7. Jose Antonio says:

    Existe una ficha con página Nº 1 de 1, tambien a nombre del ministerio del interior (asiento C: Titulos de dominio) en el que textualmente dice: C) 1. El Ministerio del Interior dice ser dueño del inmueble de esta partida por adquisición hecha del Concejo Distrital de . . …. según Escritura Publica de donacion del 03/06/1969 ante Notario Pub J. Berrios trasladado 19/06/1998. cca.

    Asimismo, en el asiento B:Descripcion del Inmueble, textualmente dice, linderos, colindancias, ubicacion, area y . . . . . . . . . . . . trasladado 19/06/1998. cca. ANOTACION PREVENTIVA DE DOMINIO.

    Mi pregunta es, esta ficha corresponde solo a ANOTACION PREVENTIVA? y por tiempo transcurrido deberia de haberse extinguido si no se hizo la ANOTACION DEFINITVA?

    Gracias

  8. Jose Antonio says:

    Considerando que, en la Ley de comunidades campesinas señala textualmente; ..Artículo 7.- Las tierras de las Comunidades Campesinas son las que señala la Ley de Deslinde y Titulación y son inembargables e imprescriptibles. También son inalienables. Por excepción podrán ser enajenadas, previo acuerdo de por lo menos dos tercios de los miembros calificados de la Comunidad, reunidos en Asamblea General convocada expresa y únicamente con tal finalidad. Dicho acuerdo deberá ser aprobado por ley fundada en el interés de la Comunidad, y deberá pagarse el precio en dinero por adelantado.

    Por excepcion y previo acuerdo de la comunidad, se pueden adquirir predios que esten dentro de una comunidad campesina de la sierra legalmente constituida e inscrita ante sunarp? y cual es el procedimiento para dicha adquisicion a favor de la Municipalidad para ejecución de alguna obra de infraestructura?

    Gracias.

  9. carmelamalca says:

    Respecto a la interrogante, – cual es el procedimiento para dicha adquisición a favor de la Municipalidad para ejecución de alguna obra de infraestructura?, el procedimiento de conformidad con la y de Municipalidades, es: I).- Acuerdo de Consejo, se deberá acordar en pleno consejo, la adquisición del terreno y su posterior Saneamiento Físico Legal y contable II).- Elaborar el expediente técnico legal, consistente en una solicitud suscrita por el respectivo Alcalde, una Declaración Jurada también suscrita por el Alcalde donde se declare que el predio esta libre de pleito alguno, adjuntando copia legalizada del acta de consejo, credencial del alcalde, documento de propiedad y planos en cordenadas UTM – memoria descriptiva del área a independizar, y a criterio del registrador planos y memoria del área remanente y del área matriz, III) Tramitar saneamiento ante SUNARP.
    una ves saneada la propiedad podrás tramitar el proyecto de inversión.

    Escritura de compra venta, suscribir el documento público previo tramite descrito en la primera parte de su comentario. III

  10. carmelamalca says:

    Te comento que las anotaciones preventivas a favor del Estado tienen vigencia pese al tiempo transcurrido, no fenecen ni se extinguen, como si pasa con las anotaciones preventivas que antes se hacia a favor de particulares.
    En este caso tendrías que tramitar con el Ministerio del Interior la inscripción definitiva a favor de este ministerio, y posteriormente de conformidad con el D.S. 007-2008-VIVIENDA tramitar la transferencia interestatal a favor de la Municipalidad ante el Ministerio del Interior con opinión favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales.

  11. carmelamalca says:

    El dispositivo legal vigente para los trámites respecto de bienes estatales es el D.S. 007-2008-VIVIENDA.
    Respecto al valor del Bien Inmueble, los Ing. Civiles conocen los valores publicados por la Conata, con dichos valores se calcula el valor del bien inmueble materia de saneamiento.

  12. carmelamalca says:

    La demanda de oposición, se interpone ante el poder judicial y se anota en SUNARP en la partida electrónica de anotación preventiva, es un proceso abreviado.

  13. omar ramirez says:

    que tramites se hace para la compra de un terreno para una asociacion proviviendas somos 50 familias y estamos muy interesadas somos de provincia quisiera que nos apoyen

  14. jesus says:

    muy buena la explicacion, tengo otra pregunta es posible registrar un predio que esta dentro de la comunidad campesina? y si fuera asi, cual seria el procedimiento a seguir

  15. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE COMPRE UN TERRENO (PARCELA) A ESPALDAS DEL AEROPUERTO CALLAO Y SE REALIZO CONTRATO COMPRA VENTA SOLAMENTE (DOCUMENTO NO VALIDO) EL AÑO 2006 Y HASTA LA MENCIONADA FECHA TODA LA MANZANA YA FUE VENDIDA Y LOS PROPIETARIOS MORTIFICADOS AUN NO TENEMOS REGISTRADOS LOS TERRENOS EN LOS REGISTROS PUBLICOS … PREGUNTA … !!! QUE DEBEMOS HACER LOS PROPIETARIOS O PROPIETARIO PARA QUE EL DUEÑO AGILICE ESTE TRAMITE QUE NOS TIENE ESPERANDO POR LARGO TIEMPO …. NOS RECOMIENDA ASOCIARNOS O QUE CADA PROPIETARIO REALIZE SU TRAMITE OTRA COSA NOS RECOMIENDA DENUNCIAR EL CASO ANTE LA INDECOPI … ESPERO SU GENTIL RESPUESTA…

  16. LUIS says:

    Es posible adquirir un bien inmueble del estado (terreno)?, cual seria el procedimiento ante la SBN, una vez que se solicito la inscripcion en primera de dominio y la SBN lo tiene registrado a favor del estado?

  17. ANTONIO says:

    buenas mi pregunta es la siguiente:la Direccion de Educacion adquiere un bien con escritura privada de donación, que el donante lo adquirio por compra venta tambien con escritura privada, que el vendedor lo adquiere por adjudicacion de division y particion con escritura publica extra judicial y no lo independiza del predio matriz que se encuentra inscrito, el donante ya no tiene relacion con el titular registral pues ya se perdio el tracto sucesivo, teniendo en cuenta que esta propiedad es solo un solar por el momento no existe infraestructura. que tramite me recomineda iniciaar para inscribir el bien a favor de la Direccion de Educacion.

  18. Cecilia says:

    Buenos dias.
    Estoy realizando un tramite de saneamiento de una propiedad rural, ubicada en el departamento de pasco y me han pedido que los planos tienen que estar firmados por un ingeniero verificador de la SUNARP. Quisiera saber donde encuentro esta relación de verificadores de la SUNARP, ya que si me contacto con algun ingeniero quisiera estar segura de qe se encuentran inscrito.

  19. JOHNY FACHO POLO says:

    SALUDOS A CADA UNO DE LOS PATICIPANTE
    Y MUY ESPECIAL PARA ESTA PAGINA MUY INTERESANTE

    MI INQUIETUD ES LA SGTE.: LAS ENTIDADES PUBLICAS DEL ESTADO COMO EL INPE ESPECIFICAMENTE, ESTAN O NO SUJETAS A EXONERACION DE PAGOS DE IMPUESTOS O DERECHOS MUNICIPALES. Y A LOS PAGOS DE INSCRIPCION REGISTRALES ANTE LA SUNARP DE LA FABRICA Y OTROS????

    OJALA PUEDAN RESPONDER A ESTA INQUIETUD, AGRADEZCO DE ANTEMANO Y DIOS LES BENDIGA.

  20. angela acosta says:

    Mi madre nos paso los titulos de nuestra propiedades a mi y a mis hermanos cuando eramos menores de edad ahora yo y mis hermanos queremos registrar nuestra firmas a registro publicos para vender mi casa. Que necesitamos hacer? Que formularios necesitamos y cuales cerian los gastos?

  21. Juan de los Rios says:

    Una consulta:
    Somos una empresa que desea comprar un terreno Eriazo ubicada en Chala y es de propiedad de bienes nacionales la pregunta es Cual es el tramite a seguir y donde se ubica el csoto referencial del terreno?
    J. de los Rios

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