Aguinaldo por Fiestas Patrias Año 2009.
Que mediante D.U. N° 074-2009, se fija en S/. 500,00 Nuevos Soles el aguinaldo por fiestas patrias para el año 2009; monto compuesto por:
• S/ 200,00 Nuevos Soles, previstos en el presupuesto institucional, mas
• S/ 300,00 Nuevos Soles, adicionales como incentivo otorgado por única vez.
Que mediante el mismo dispositivo legal, también se determina el alcance de la norma, es decir se determino que les corresponde el aguinaldo, a los funcionarios y servidores nombrados y contratados que se encuentran dentro del siguiente régimen:
• Decreto Legislativo 276.
• Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
• Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
• Pensionistas del régimen de la Ley 15117, Decreto Ley 19846 y Ley 20530.
¿Les Asiste a los Trabajadores del CAS, el Aguinaldo por Fiestas Patrias del Año 2009?.
De lo antes indicado, claramente se puede colegir que la aplicación de la norma no alcanza a los trabajadores que se encuentran dentro del régimen laboral prescrito por el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Contrato Administrativos de Servicios; en conclusión: NO les asiste a los trabajadores del CAS, el aguinaldo de los S/. 500.00 nuevos soles, por fiestas patrias del presente año 2009.
Gracias por tu consulta Ángela García, espero haber colmado tus expectativas.

por favor necesito que me orienten, he trabajando en una municipalidad desde el 16 de abril hasta el 31 de diciembre del mismo año por servicios no personales,y me hicieron un contrato CAS desde el 01 de enero al 31 de diciembre del pte año 2009, al entrar un nuevo alcalde interrumpio mi contrato el 12 de abril,le inicie una accionº legal y ha salido fundado mi demanda y mi reposicion , mi pregunta es si voy a entrar a laborar el tiempo que deje de laborar o puedo obtener una estabilidad laboral, esta es mi pregunta .si pudieran responderme plis
Trabajas para una entidad publica desde el año 2008, si bien se interrumpió tu contrato por un despido arbitrario, no pierdes la protección de la Ley, es decir tienes mas de un año de servicio por ende no pueden despedirte salvo causa justa.
Soy un trabajador de COFOPRI contratado bajo el D.L. N° 1057 – RECAS, ingrese el 14 de Mayo del 2009 y segun la entidad el 30 de Junio de este año fecha en que termina mi contrato me van a sacar, y no solamente a mi sino a 50 personas más.
En mi caso cumplo un horario, firmo papeletas de salida de comision, la seguridad nos controla el ingreso y salida de nuestra jornada de trabajo diaria que es de 08 horas, tengo memorandum enviado por la Sede Central donde me nombran integrante de un Comite Especial de adquisiciones, entrego mensualmente un informe de mis labores realizadas, la Oficina Zonal de Lambayeque emite una conformidad mensual por los servicios prestadoa, percibo una remuneracion mensual por la cual entrego Recibo de Honorarios,
PREGUBTA: Es posible que con todos estos elementos que demuestran una prestacion personal del servicio, subordinacion, remuneracion, que son elementos de un Contrato de Trabajo pueda ganr una Accion de Amparo y lograr que se me reponga en mi trabajo?
NO FUI A TRABAJAR DOS DIAS A MI TRABAJO EN LA MUNICIPALIDAD!!!…12 HORAS TODOS LOS DIAS INCLUIDOS DOMINGOS Y FERIADOS…NO ASISTI A TRBAJAR ESTOS DOS DIAS OSEA VIERNES 24 Y SABADO 25…Y HOY DIA ME ACERQUE Y ESTABA CESADO Y NO SE ME QUIERE RECONOCER LOS DIAS TRABAJADOS…Y SE HA RETENIDO MI CHEKE EN ESTE CASO QUE PUEDO HACER???? RESPONDAME POR FAVOR ES CON SUMA URGENCIA
Buenos Dias, una consulta tengo laborando en el Ministerio del Interior desde el 01 de marzo del 2003, bajo contrato de SNP hasta el 31 de Diciembre del 2008, a partir del 01 de Enero del 2009, bajo el regimen CAS hasta la actualidad 18 de Abril de 2011, soy personal administrativo que realiza labores de naturaleza permanente en zona de emergencia, muchas de las veces fuera del horario de trabajo ya que tengo un libro de ingreso y salida donde se especifica.
Quisiera saber si tengo estabilidad laboral y que derechos me corresponden.
les agradesco de ante mano su respuesta laboro en la municipalidad de san borja mas de 3 años contratado por cas no tengo vacaciones ni gratificaciones es mas laboro mas de 8 horas y no recibo sobre tiempo ni en efectivo ni reduccion de horas de trabajo por temor a perder mi trabajo continuo asi pero quisiera que me acesore que derechos tengo como trabajador si tengo vacaciones,gratificaciones ,horas de jornada de trabajo .
muchas gracias por su respuesta