¿Cómo se contrata a una persona bajo CAS? Para contratar a una persona a través del CAS, con el fin de garantizar los principios establecidos en el Decreto Legislativo N° 1057 de mérito, capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo, las Entidades Públicas deberán tomar en cuenta el procedimiento siguiente reguilado en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 075-2008-PCM.
• Etapa Preparatoria.
• Etapa de Convocatoria
• Etapa de Selección
• Etapa de Suscripción y registro del contrato.
¿En qué casos se puede exceptuar del procedimiento de concurso? En el caso de aquellas personas con contratos por servicios no personales vigentes al 29 de junio de 2008, continúan su ejecución hasta su vencimiento. Una vez vencidos, si la Entidad decide prorrogarlos o renovarlos, se procederá a sustituirlos por un CAS, sin requerir someterlos a un proceso de concurso.
Las partes están facultadas para sustituirlos, por mutuo acuerdo, antes de su vencimiento. En estos casos, de pretender renovarse o prorrogarse, no se requiere del proceso de concurso. Basta sustituirlos por un CAS.
¿Los contratos CAS pueden suscribirse a plazo indeterminado? No. El CAS es un contrato a plazo determinado, es decir sujeto a un periodo de tiempo. No es posible que se suscriba a plazo indefinido o indeterminado.
¿Cuál es la duración máxima por el que se pueden suscribir los contratos CAS? De conformidad, con el Decreto Legislativo 1057 y su reglamento, la duración máxima de contratación administrativa de servicios es de un año fiscal, es decir, que se podrá contratar a una persona como máximo hasta el 31 de diciembre del año en que se suscriba el contrato.
¿Se pueden renovar o prorrogar los contratos CAS? Los contratos CAS podrán renovarse o prorrogarse las veces que sea necesario. Cada prórroga o renovación solo podrá efectuase como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año.
¿Qué se entiende por prórroga y renovación de contratos CAS? La prórroga es la ampliación del plazo de vigencia de un contrato CAS dentro de un ejercicio fiscal.
En tanto que la renovación es la ampliación del plazo de vigencia del contrato CAS de un ejercicio fiscal a otro.
A propósito del presente artículo, quiero compartir con ustedes el problema planteado por un amigo lector:
“Hola necesito ayuda trabajo en una Municipalidad, como personal de apoyo en el área de Gerencia municipal y Contabilidad desde enero – 2007, a setiembre – 2007, me contrataron bajo la modalidad de servicios no personales, en octubre no me contrataron porque me hicieron corte laboral; pero después otra vez ingrese en noviembre – 2007, hasta agosto – 2008, bajo la modalidad de servicios no personales, a partir de setiembre – 2008, hasta agosto – 2009 tengo contrato administrativo de servicios. Pero a partir de setiembre ya no me seguirán contratando, mi pregunta es: ¿Logro estabilidad laboral? o ¿Algún otro derecho? si logro algo ¿Qué debo hacer?, gracias de antemano por la respuesta”.
Al respecto, como primera opción, cabe la posibilidad que la Municipalidad prorrogue tu contrato, hasta el mes de diciembre del presente año; mas de no ser así, en mi opinión personal, considero que estamos frente a un caso de desnaturalización de la relación laboral, puesto que por el principio de la primacía de la realidad se trata de un contrato de trabajo, por labores de naturaleza permanente, por ende estas protegido por la Ley Nº 24041, que prescribe “Los servidores públicos contratados para labores de naturaleza permanente y que tengan más de un año ininterrumpidos de servicios, no pueden ser cesados ni despedidos, sino por las causales previstas en la ley de bases de la carrera administrativa” D.Leg. 276. Es decir, tienes derecho a pelear por tu reposición vía proceso judicial, y solo te queda confiar en el buen criterio de los magistrados peruanos; puesto que pese a la promulgación de este nuevo contrato denominado CAS, la Ley N° 24041 está vigente, y existe jurisprudencia asi como la sentencia emitida en el EXP. N.° 3508-2004-AA/TC, que tiene caracter vinculante, que protegen el derecho del trabajador contra un despido arbitrario.

Yo pregunto, puede una municipalidad sacar a un trabajador contratado por CAS aún si la necesidad de sus servicios no ha terminado, y además que no se ha contratado a otra persona para que entre por la persona que sale.
Si el trabajador es un asistente del OCI, para poder sacar a ese trabajador debió consultarse antes con el jefe del OCI.
Gracias por la respuestas.
laboro desde hace 10 aos en la municipalidad de santiago de surco, resulta que pase por tres etapas de contrato , en planilla cuando ingrese previo concurso, snp , sin criterio alguno fui cambiado, y posterior en el cas, sin beneficio alguno ,y como comprendera ahora me amenazan despedirme aduciendo lo inexplicable , que debo hacer , al momento no tengo contrato vigente , esta concluiyo el 30 de Junio del año en curso, no firmo y me despiden y ahora ya no quiero firmar y si me despiden,que debo hacer? fono 2514662, es mas podria realizar alguana naccion legal por que en forma inxplicable me cambiaron de regimen laboral cuando asi lo estimaron conveniente.
La Municipalidad, está facultada de acuerdo a la ley del CAS, a concluir el contrato, pero siempre y cuando este dentro de las causales, prescritas por Ley, así como cumplimiento de contrato, culminación del año fiscal, causales de despido como falta grave, entre otras.
Más no está obligado a consultar su decisión con el Jefe del Órgano de Control Institucional, así el despedido sea su asistente.
Ciro Luis, el cambio de régimen contractual que realiza la Municipalidad, de SNP a CAS, es en cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1057, en virtud del cual esta prohibido contratar bajo la modalidad de SNP.
Mas considero que siendo un trabajador que ingreso por concurso, y cuentas con mas de tres años de servicio, en mérito a la Primacia de la realidad, eres un trabajador permanente, con derecho a ingresar a la carrera pública que reza el D.Leg. 276, Reconocimiento de la Relación Laboral, que puedes hacer valer vía Acción Judicial.
En cuanto a tu temor por un despido arbitrario, por tu condición estas protegido por la Ley 24041.
Edward Pregunta:
Saludos ante todo queria consultar yo vengo trabajando ya 15 años para el estado 14 años como SNP, actualmente 1año como CAS, para lo cual quiero interponer una demanda para reconocimiento de mi tiempo de servicios y mis beneficios truncos que posibilidades tengo de que la setencia salga favorable?.
Como lo dije en uno de los artículos, solo tienes la esperanza en el buen criterio de los magistrados peruanos, puesto que no existe a la fecha presedentes.
Whilmer Pregunta:
Un Grupo de trabajadores del Area de Seguros del hospital de P.P. tramitamos una Carta de queja contra nuestro Jefe inmediato Superior a la Dirección,poniamos su ineficiencia, inexperiencia, hostilizacion contra la estabilidad en nuestro puesto de trabajo, nos anuncio que esperemos sanciones…Qué Sanciones podemos tener al proceder de esta manera?.
Ninguna, las sanciones están en función a las faltas que un trabajador puede cometer, mas no a las cuestiones de revanchismos o rencillas personales, entre jefe y subalterno.
Si eres un trabajador que cumple con sus obligaciones contractuales, y no ha cometido falta alguna, no estás sujeto a sanción alguna.
mi pregunta es cuando se hace efectivo las vacaciones que gozamos los cas, es durante el contrato o despues de este
las vacaciones se dan después de cumplido el primer año, con el nuevo régimen CAS, si suscribiste contrato – CAS el 01.01.09. puedes acceder a vacaciones, a partir del 01.01.2010 (15 días – cualquier mes del año 2010).
Llevo 2 años con contrato SNP y 1 como CAS, mi contrato esta hasta el 31/12/09, estoy embarazada y mi parto esta para fines de diciembre, el essalud me ha dicho qeu me corresponde mi licencia por maternidad, si esto se da sería hasta la quincena de febrero del 2010, existe la posibilidad qeu no me renueven el contrato? el administrador maneja la teoria que si no estoy conforme a las condiciones (trabajar en el periodo de licencia)hay muchos detras de mi, que me sugiere?
Hola Iris, despreocupate, por ser una trabajadora que tienes mas de un año de servicios, estas protegida por la Ley 24041.
Mas de darse el caso que el Administrador decida despedirte, por tomar la suspensión con goce de haberes por motivos de maternidad, prescritos por Ley; puedes accionar Legalmente, vía Acción de Amparo, puesto que se trata de un despido arbitrario, por Discriminación, existen precedentes judiciales, para el caso.
soy trabajadora de salud,tecnica en enfermeria, anteriormenteestube en el EXPAAG, durante 4 años luego nos pasaron al cas, pero refieren que perdimos todos nuestros derechos de tiempo de servicio, deseo saber que de cierto es y que derechos tengo en el cas como trabajador por que laboro en un puesto de salud y trabajo 12 horas diarias.gracias por su respuesta.
En abril de este año firme mi contrato CAS POR SUSTITUCION, antes la entidad me emitia ordenes de servicio a pesar que brindaba un servicio no autonomo desde el año 2007.la vigencia de micontrato es hasta diciembre de este año,pero al igual q yo , hay otros compañeros que se les vencio su contrato en octubre,y al paerecer la entidad “se dio cuenta” q cometió un error al hacernos este tipo de contrato porq ahora dicen que debimos pasar una evaluación y por lo tanto va a anular nuestros contratos, a pesar que estos compañeros siguen asitiendo a laborar(sin contrato) se le ha dicho que nuevamente se les va ha hacer ordenes de servicio o sea se les va contratar como servicios prestados por terceros a pesar que siguen brindado servicios no autonomos.
Es posible este maltrato en una entidad del Estado
Elsa Barrera, pese a que la Ley CAS, no reconoce derecho de permanencia a los trabajadores, no es justo que 4 años de servicio no te sean reconocidos, particularmente considero que en razón al principio de Primacía de la Realidad, tienes derechos adquiridos, por tener mas de 1 año de servicio, no pueden despedirte salvo causa justa .
respecto a las 12 horas diarias es un abuso, debes reclamar, la norma dice que puedes trabajar 48 horas a la semana como máximo.
Esperanza, la entidad para la que trabajas, al parecer no cuenta con un Abogado, pues de la revisión de la Ley, la SUSTITUCIÓN de SNP a CAS, es automática, NO requieren de evaluación previa, cabe indicar que la evaluación es únicamente para los nuevos CAS, nuevos contratos.
No es posible dejar sin efecto los contratos, y menos contratar por terceros, SNP u otra modalidad, pues existe una prohivisión legal expresa.
Los trabajadores CAS tienen derecho a sindicalizarse? Que tan viable seria organizar un sindicato?
vengo trabajando desde enero del 2009 bajo la modalidad de contrato cas, quede embarazada el 6 de enero , me dieron mi permiso pre y post natal….pero me dicen que la oficina de subcidios de ESSALUD NO RECONOCE EL PAGO DE CONTRAPRESTRACCION DE SERVICIOS ES VERDAD ESO???
Soy profesional de la salud. me presente a una convocatoria CAS al cual fui ganador la convocatoria fue fines de noviembre para comenzar el 1ro de diciembre 2009 a trabajar resulta que en el memorandum que envian como carta de presentacion dice que la contrata bajo CAS es por el periodo de un (1) mes computados a partir de 01 de Dic. del presente debiendo elevar el informe mensual. mi pregunta es ¿se puede contratar solamente por un mes? o es por es el ultimo mes del año 2009
tengo contrato CAS desde el 04/09/2009 en el ministerio y tengo un embarazo de 5 meses para la renovacion del contrato del año 2010 hay alguna ley que me protege, ya que mi jefe quiere que renuncie y como no lo hize me hostiliza y por lo tanto me imagino que no va a renovar mi contrato
tengo 1 año en snp y un año en cas quisiera saber si me corresponde mi estabilidad laboral
Le envio un cordial saludo quisiera hacerle una consulta sobre la excepcion del procedimiento de concurso ,yo ingrese a laborar a una entidad estatal mediante contrato de servicios no personales el 1 de junio del 2008 y luego ingrese a contrato cas el 1 de enero del 2009 y ahora mi contrato se vence en diciembre 31 del 2009 lo que quisiera saber si me pueden despedir por no haber kngresado al cas con el procedimiento de concurso muchas gracias por su respuesta que dios la bendiga
Buenas noches,: Yo soy tecnico en farmacia e ingresé a trabajar en 01 de marzo del 2004 a una empresa privada (cadena de Botica a nivel Nacional)y sigo aun laborando, pero yo ya deseo retirarme, mi consulta es: Que puedo hacer para yo salir de la empresa con todo mis beneficios sociales? Muchas gracias por su respuesta.
hola trabajo en una municipalidad desde marzo del 2008 hasta diciembre del mismo año trabaje con contrato servicios no personales y desde enero hasta la fecha estoy trabajando con contrato cas mi pregunta es tengo estabilidad labora o no, por favor responda.
Monica, pese a que en la realidad esto se esta dando, ESSALUD no está reconociendo el pago del pre y pos natal, mas es un derecho de los trabajadores, por lo que debes reclamar al seguro y a la entidad para la que laboras, puesto que esta debió hacer los descuentos y posterior pagos a ESSALUD, para que se genere el fondo.
sin perjuicio de ello, ESSALUD no esta pagando porque no cuenta con el fondo dinerario en razón a que las entidades del estado (empleador) no pago la cuota patronal.
estoy trabajado 10 años en una institución de educación superior y ahora me han generado un contrato de procesamiento de datos, hasta el 2009 estaba con contrato de servicios no personales, no se que derechos tengo, no se si me pueden sacar no tengo información, anticipadamente gracias por la respuesta.
Isabel, debo entender que trabajas para una universidad nacional, de ser así si te despiden arbitrariamente sin justificación, puedes iniciar acción judicial para solicitar tus beneficios.
Pregunta: Los trabajadores CAS tienen derecho a sindicalizarse? Que tan viable seria organizar un sindicato?.
Respuesta: Los CAS si tienen derecho a sindicalizarse, particularmente considero que es viable, y me atrevería a decir que es la única forma de obtener beneficios para estos trabajadores relegados por el gobierno, trabajadores considerados como mano de obra barata y eficiente.
Una consulta
Si tengo contrato CAS en una entidad estatal, ¿puedo trabajar bajo la modalidad snp en otra entidad del estado?
Hola mi nombre es Diana vengo trabajando desde enero del año 2007 como snp y recien el año 2009 por contrato cas pero los contratos que nos hacen son cada 3 meses que tanto afectaria a que yo tenga vacaciones les agradezco que me contestaran bediciones
Ingrese a trabajar por servicios no personales el 01/09/2002 en una universidad del estado y en el 2009 me pasaron al CAS mi pregunta es tengo estabilidad laboral y estoy amparada en la Ley 24041, Ley de base de la carrera administrativa 276,y por ultimo puedo pedir licencia sin goce de haber por 3 meses
Un trabajador por servicios Cas en el Ministerio de Agricultura (8:am – 4:15pm)de Lunes a Viernes; a la vez dicta Clases en una Entidad Privada (6:pm hasta 10:pm) esta en planillas y es afiliada AFP Horizonte.
¿Puede ella solicitar que le suspendan el descuento de AFP del Ministerio de Agricultura?
Pese a que por mandato legal (nuevo regimen CAS) no cuentas con estabilidad laboral, considero que si estas protegida por lo prescrito por la Ley 24041, sin embargo si no existe previo reconocimiento judicial, no te puedes acceder a los beneficios del D.Leg. 276, por ende no puedes solicitar licencia sin goce de haber, mas tienes derecho a un descanso remunerado por 15 días de vacaciones, descanso autorizado por un especialista en cuestiones de salud, o por maternidad.
hola yo trabajo en el ministerio de salud me contrataron como personal de limpieza desde noviembre 2008 hasta 2010 junio,hoy en dia no me cortaron mi contratato pero me pasaron en erea de planificacion, por que mi profecion la requerian; gracias de ante mano la repuesta
VENGO trabajando desde 01/11/2008 hasta la fecha no me suspendieron, que veneficios debo gozar o simplemente los descanzos de 15 dias; y adquiero de veneficios laborales? gracias de antemano la respuesta.
vengo trabajando 18 meses sin interrupcion hasta la fecha ya tendre derechos?
Desearía saber ¿Por qué la municipalidad provincial para la cual recién estoy laborando por contrato CAS me solicita recibos por honorarios y a la vez me hace un descuento por ONP y Seguro? ¿Procede?
soy trabajador CAS desde diciemmbre del 2009 mi pregunta me corresponde gratificacion alguna por fiestas patrias o navidad o q beneficios tengo gracias
ingrese a laborar para una municipalidad el 16 de abril del 2008 por snp ,en diciembre me renovan el contrato para el 2009 pasandome al cas contrato que debia culminar en diciembre del 2009 sin embargo mediante un acuerdo de concejo fui cesado e interrumpido mi contrato 03 dias antes de cumplir un año, le hice una demanda por la anulacion e interrrupcion del contrato, el mismo que ha salido favorable en primera instancia, e ingrese a laborar mediante una medida cautelar ya llevo laborando en la municipalidad un año menos tres dias y siete meses con medida cautela la sala todavia no resuelve en segunda instancia. mi pregunta es si me corresponde estabilidad o simplemente tengo que completar los meses de trabajo que me fue interrunpido. . le agradesco su atencion Dra
En el ultimo concurso CAS en el hospital Maria Auxiliadora , CAS enfermeria emergencia entraria ganando S/. 1,500.00 mientras que las enfermeras (ros) que ya venimos laborando en emergencia ganamos S/ 1,200.00 realizando la misma labor asistencial. La pregunta es podemos reclamar bajo la premisa de: “A igual trabajo igual remuneracion” y a que entidad podriamos expresar nuestra queja o que pasos seguir para que se nos pague dicha diferencia, es decir S/. 300.00.Porque no es justo tal diferencia de pago en el mismo lugar de trabajo.A la espera de su gentil deferencia a mi inquietud.
Buenos días, por favor quisiera saber si un trabajador por la modalidad CAS puede solicitar Licencia sin goce de haber, si es procedente o no? y cual sería la norma bajo la cual se otorgaría o se denegaria, gracias por la respuesta.
hola, estoy en la modalidad de contrato CAS DE ABRIL DEL 2010 hasta Diciembre del 2010, estoy en periodo de gestacion y mi licencia esta programada para el 24 de agosto ya q mi fecha de parto es el 7 de octubre, quiero saber si la entidad para la que trabajo me permite tomar mi licencia de pre y post natal y si ellos durante esos meses me tienen que pagar o es essalud quien me pagará mi licencia por maternidad, espero respuesta , gracias
Dr. Buenas tardes mi consulta es la siguiente yo ya vengo laborando en un hospital como seguridad interna desde el 15 de junio del 2009 hasta la fecha a nosotros nos evaluan mensualmente en estos momentos estan despidiendo personal aduciendo ineficacia en este caso hay alguna forma de evitar este atropello muchas gracias de antemano
por favor tengo un contrato interumpido de 20 meses por modalidad CAS si tengo ganado a una estabilidad laboral
GRACIAS
MIS AGRADECIMIENTOS POR LA RESPUESTA ME LLAMO WILLIAM TRABAJO EN EL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Y TENGO UN CONTRATO DE 20 MESES INTERUNPIDOS POR LA MODALIDAD DEL CONTRATO CAS Y SI TENGO GANADO LA ESTABILIDAD LABORAL
GRACIAS:
MIS AGRADECIMIENTOS POR LA RESPUESTA, TENGO UN CONTRATO INTERUPIDO DE 20 MESES POR LA MODALIDAD DEL CONTRATO CAS SI YO TENGO GANADO LA ESTABILIDAD LABORAL
GRACIAS
HOLA BUENOS DIAS AGRADECERE MUCHO SI ME CONTESTAN Y ACLARAN MIS DUDAS: YO INICIÉ A TRABAJAR EN UNA MUNICIPALIDAD DE ANCASH EN ENERO DEL 2007 BAJO EL CONTRATO DE SERVICIOS NO PERSONALES, EL CUAL CORRIÓ DESDE ENERO HASTA MARZO DEL MISMO AÑO (FIENES DEL MES), EN EL Q ME DESPIDIERON; (EL CARGO FUE EN UNA PLAZA ORGANICA QUE NO TENIA SU TITULAR)PERO LUEGO ME VOLVIERON A CONTRATAR (EN ABRIL + O – EL 15, DE ALLI ME HICIERON UN CONTRATO POR 3 MESES EL Q SE FUE PRORROGANDO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO EN EL QUE CUMPLI MI CONTRATO HASTA ESE DIA; PERO SEGUI LABORANDO EN UN AREA EN EL Q NO SE PODIA DEJAR NI UN SOLO DIA DE TRABAJAR (INCLUSIVE TRABAJÉ SABADOS Y DOMINGOS), PARA EL 2008 ME HICIERON UN NUEVO CONTRATO A PARTIR DEL 2 DE ENERO CON EL Q DE IGUAL MANERA INICIE CON 3 MESES Y EL Q TAMBIEN SE PRORROGÓ TODO EL AÑO IGUAL, PARA EL 2009 FUE IGUAL TERMINÉ EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2008 E INICIE NUEVAMENTE (SEGUN EL CONTRATO) EL 2 D ENERO; PERO ESO SOLO SE HIZO NOTAR EN EL CONTRATO X Q CUANDO INFORME (PARA MI PAGO) DICIENDO Q YO HABIA TRABAJADO TAMBIEN DESDE EL 1 ME ACEPTARON Y ME PAGARON NORMAL, AHORA EN FEBRERO DEL 2009 ME ROTAN A OTRO CARGO Y A FINES DEL MES DE ENERO ME HICIERON EL CONTRATO POR SUSTITUCION DE SNP A CAS ENTONCES UPONGO Q MI CONTRATO CAS CORRIA DESDE ENERO DEL 2009, AL Q PRIMERO NOS DETERMINARON LA FECHA DE TERMINO PASADO LOS 6 PRIMEROS MESES PARA LUEGO PRORROGARSE HASTA DICIEMBRE (CON UNA ADENDA) Y ASI SUCESIVAMENTE NOS HAN ESTADO HACIENDO UNA ADENDA PARA FIJAR NUEVA FECHA DE EXPIRACION DEL CONTRATO Y PUES EL ULTIMO Q TENGO ES HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2010 (PERO A ESTO DEBO DE ENTENDER Q MI CONTRATO YA TIENE 1 AÑO Y 9 MESES?); Y AHORA SURGIO PUES Q COMO EL ALCALDE ACTUAL NO GANÓ LA REELECCION Y YO NO LO APOYÉ EN CAMPAÑA ME QUIERE DESPEDIR ARBITRARIAMENTE, MI PREGUNTA ES: SI YATENGO 2 AÑOS (CON ALGUNAS INTERRUPCIONES SEGUN MIS CONTRATOS) COMO SNP Y 1 AÑO Y 9 MESES COMO CAS, LOGRO ESTABILIDAD LABORAL? O POR LO MENOS ¿GANO ALGUN OTRO DERECHO COMO MIS VACACIONES X EJEMPLO? (X Q NO ME DIERON VACACIONES HASTA LA FECHA)SI LOGRO ALGO ¿QUE DEBO HACER?, LES AGRADECERÉ BASTANTE SU PRONTA RESPUESTA.
Darwin Jaime, a mi entender si cuentas con estabilidad, puesto que como mencionas vienes trabajado como CAS un año nueve meses, lo cual significa que has superado el año presupuestario, y siempre que el servicio que prestas como CAS se desnaturalice, es decir sea un servicio subordinado, con horario fijo, te convierte en un contratado de servicios personales a tiempo indeterminado, razón por la cual no pueden despedirte salvo causa grave prescrita por Ley.
Respecto a tus vacaciones, tienes derecho a 15 días al año, si no gozas de estas, tienes derecho a solicitar te sean remuneradas.
Los trabajadores subordinados, no deben permitir que sus empleadores violen sus derechos, valora los servicios que prestas y exige un reconocimiento por tu empleador.
trabajo en la munipalidad de Huanta – Ayacucho, me contrataron desde el 04 de abril del 2007 por la modalidad SPN, trabaje con es tipo de contrada hasta diciembre 2008, luego me pasaron al CAS desde enero 2009 hasta la actualidad octubre del 2010, ante un eventual despido le consulto si ya adquiri derechos laborales? y si estan cometiendo algun tipo de abuso porque no tengo derecho a vacaciones ni aquinaldos, los contratos son trimestrales y a veces con interrupciones de 4 o 5 dias…. pero si trabaje desde el 2007 hasta este mes de octubre del 2010…que debo hacer??
ahhh una cosita importante que me olvide, soy comunicador social y trabaje desde el primer instante como responsable de imagen Institucional y relaciones publicas, el cargo no es jefatura, esta adcrita a la secretaria general que si tiene nivel de cargo de confianza, mi puesto tiene incluso su plaza presupuesta y no lo cubrieron pese a que cumplo perfectamente el perfil profesional. finalmente no hay otro profesional durante todo ese tiempo en el área. Cómo debo proceder legalmente….??
lo que pasa que vengo laborando en la municipalidad de puente piedra lo que vocean d que la gestion nos votara a todos sin ningun veneficio alguno por pertenecer en cas esto es posible o no quisiera un asesoramoento laboral poco conosco de leyes
Buenos dias, tengo un año y dos meses laborando en el Gobierno Regional de Ayacucho bajo regimen del CAS, ahora que hay cambio de Presidente Regional estan amenazando con despedirnos todos, ¿puedo pelear mi restitucion y que leyes nos amparan?. Gracias.
Buenas dias una cosulta
tengo un trabajador al cual quiero despedir al termino de su contrato 20/11 por motivos de fuerza mayor pero el personal encargado se olvido de hacerlo y ahora el sigue trabajando y quisiera saber si le puedo hacer un contrato por 15 que puedo hacer q me recomienda usted
Una inquiedtud,UDs saben porquén un contrato CAS nopodría ser renovado o prorrogado?
Trabajo en un colegio que trabaja con este tip de contratos.Otra pregunta.
Si el año fiscal culmina el 31 de diciembre,tons el colegio pude o no ocntratar personal para enero o febrero,es decir con contrato CAS se obtien vaciones o no
Agradeceré su respuesta.
Te sugiero promover la conformación de un sindicato en tu centro de trabajo, para protegerte de un probable despido, pues no tengo una respuesta alentadora para ti, el Tribunal ya se pronuncio al respecto ver la Sentencia emitida en el Exp. N° 00002-2010-PI/TC.
Los contratos CAS, generan automáticamente luego de trascurrido un año de vigencia 15 días de vacaciones, puede ser renovado a requerimiento del empleador.
El contrato del trabajador fue renovado tácitamente, sin embargo puede despedir previa liquidación, es decir reconociendo todos los derechos laborales.
Hola agradeceria resuelva mi inquietud:
actualmente tengo trabajando en una empresa del estado, (instituto de las fuerzas armadas) ya tengo 3 años para ser exacta bajo la modalidad del CAS, pero mi contrato es de marzo a diciembre, la pregunta seria, que posibilidad hay q me ingresen a planilla y poder gozar con los beneficios de cualquier trabajador q trabaja en planilla.
AGRADECERIA SU PRONTA RESPUESTA.
GRACIAS.
buenos dias
Dr tengo una consulta ingrese a laborar como SNP el 18 de agosto del 2003 en el area de Proyectos de la Municipalidad PT, posteriormente en Junio del 2005 hasta Mayo del 2007 me contratan como Servicios Personales como Jefe de una Divison , luego me contratan como Servicios no Personales en el Area de Proyectos hasta Diciembre del 2007, desde Enero del 2008 hasta Junio nuevamente me contratan como Servicios Personales , desde Julio del 2008 hasta Diciembre coo servicios No Personales y desde el 2009 hasta la actualidad como CAS por sustitucion, tengo algun beneficio.puedo pedir licencia sin goce de haber por motivos estrictamente personales ya que existe una nueva gestion muchas gracias.
Mario
VENGO LABORANDO EN UNA MUNICIPALIDAD DESDE ENERO DEL 2003, ESTUBE COMO SNP HASTA SETIEMBRE DEL 2007 Y EN PLANILLAS DL 276 DESDE OCTUBRE DEL 2007 HASTA LA FECHA ME HICIERON ALGUNOS CORTES EN MIS CONTRATOS, POR FAVOR QUISIERA QUE ME RESPONDAN SI YA TENGO LA ESTABILIDAD LABORAL A PESAR QUE ME HICIERON CORTES QUE EN LA REALIDAD FUERON FICTISIAS PORQ FISICAMENTE SIEMPRE ESTUBE LABORANDO. MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION.
Buenas tardes. Una consulta: Yo tengo más de un año en la institución donde trabajo. Me hicieron un primer contrato del 5 de enero al 31 diciembre de 2010, y en enero de 2011 me renovaron, con un contrato nuevo. Hice la consulta sobre mis vacaciones y me dicen que no me corresponden ni el descanso físico ni el pago de este, puesto que renové antes de cumplir el año (firmé el 4 de enero). Esto es verdad?, no me corresponde ningún reconocimiento?
Segunda pregunta: Tengo planificado emabrazarme este año, cómo se hace el trámite de permiso o descanso bajo esta modalidad y cómo es el trámite con el seguro para que me reconozcan el pre y pos natal?
Por ejemplo, si por mi esposo (EPS) yo puedo dar a luz en una clínica particular, igual tengo derecho a la contraprestación por parte de Essalud??
Muchas gracias.
Según tengo entendido, el Tribunal Constitucional le dió un plazo hasta el 31 de 12-2010 al Ministerio de Trabajo para que adecue y modifique el D.S. 075-2008-PCM conforme a la interpretación realizada por éste organismo quisiera saber si el Ministerio de Trabajo cumplió con la modificación
trabajo en una institución pública, actualmente se viene contratando al personal de vigilancia por la modalidad de CAS, solo por 10 meses por política institucional, puede contratarse por mas de 01 año sin corte laboral. y si al realizar este contrato el trabajador adquiere permanencia?. realmente quiero saber si puedo contratar por mas de 1 año sin corte laboral y bajo que argumento debo sustentear este acto. Rita
Buen día:
Para saludarlos y a la vez consultarle si un trabajador por régimen laboral 1057 CAS, que a la fecha se encuentra laborando por reposición del poder judicial por incumplimiento de disposiciones y normas laborales (desnaturalización de contrato), puede solicitar licencia sin goce de haber por un periodo de 12 meses o suspensión del contrato por prorroga sin contraprestación, en vista que el trabajador estaría asumiendo un cargo de confianza en el gobierno Regional de Ayacucho, a todo esto teniendo en cuenta que la entidad no pretende perjudicar al trabajador en vista que su situación laboral se encuentra judicializado a puertas de que el poder judicial emita su sentencia final al parecer favorable, en vista que ya ha ganado en todas las instancias correspondientes el trabajador; por tal razón solicito a ustedes poder orientar cual sería la mejor manera de dar solución a este caso en especial y si es posible de indicar algún lineamiento de la ley 1057 o algún otra norma que nos pueda ayudar al tema.
municipalidad distrital de puente piedra.
Yo he trabajado 7 añosy 2 meses en el servicio de limpieza ininterrumpido pero los 6 años(servicio no personales Año 2003 – 2008) pase al cas(contrato administrativo servicio año 2009 -2010) con todo mis beneficio vacaciones y seguro por el cas y me pagan s/. 920.00
pero entro otro alcalde y me dejaron trabajar hasta enero 2011(1 mes 1 unos dias mas) y me bajaron mi sueldo s/. 800.00 ya no dejaron ingresar a mi centro de trabajo los serenazgo no me dejaban pasar puse mi denuncia policial osea me hicieron despido arbitrario sin ningun motivo y no me dieron ninguna explicacion alguna. sr. abogado por favor quisiera saber si me pueden reponer a mi centro trabajo no se que hacer. ayudeme por favor necesito urgente una orientacion.(ya voy a cumplir un mes sin trabajar).
los contratados por cas tienen dedrecho a las bonificaciones por escolaridad , fiesta patrias y navidad
gracias de antemano cuanto es las bonificaciones yo trabajo en la monicipalidad en serenasgo con un sueldo de 1000 soles mensuales…..
yo vengo trabajando en el hospital de paita desde agosto del 2005 sin que se me hubiese cortado el vinculo laboral pero a partir de agosto del 2009 se me obligo a firmar un contrato CAS en la actualidad han hecho una evaluacion curricular para ver quien se queda trabajando en CAS mi pregunta es la sgte:¿ puedo seguir apoyandome como una estabilidad laboral por el solo hecho de que nunca se me ha cortado el vinculo laboral?
gracias de antemano por su respuesta
Con sentencia del Tribunal Constitucional, he sido repuesta a mi centro de trabajo indicando se nos reponga al mismo puesto de trabajo o a otros de igual o similar nivel, desnaturalizándose de esta manera los contratos de Locación de servicios que suscribía mensualmente por mas de 14 años con la Institución, Las labores que desempeñaba en la practica han sido de Secretaria y siempre se me ha reconocido como tal; sin embargo los contratos suscritos decían como obrero de campaña para realizar labores administrativas, a la fecha de mi reposición me exigen la presentación de R/H y la firma de contrato CAS , y estos indican como obrero de campaña y el monto que quieren pagar es el mínimo vital contraviniendo al mando constitucional y a la aplicación de la primacía de la realidad, mi consulta es ¿afectará en algo si accedo a firmar el contrato CAS, o se puede hacer una modificatoria al contrato? sin que este vulnere mis derechos laborales reconocidos constitucionalmente … Gracias por su respuesta
una consulta y gracias por la respuesta, desde el 1 de octubre del 2008 tengo trabajamdo en la municipalidad de san borja bajo la modalidad de cas, y me pregunta es si puedo pedir o hacer un jucio a la municipalidad pidiendo que me pagen mis beneficios, y pidiendo que me pongan con planilla contodos mi beneficios, de antemano le doy gracias por su respuesta
se puede contratar via cas a un ejecutor coactivo de una modalidad alegando suplencia del titular
El año 2009 hicieron el proceso de seleccion cas para empezar con las labores en el año 2010, osea los contratos empezaron el 01/01/2010 hasta el 28/02/2010 pero luego existe una interrupcion de 02 dias y le vuelven a prorrogar su contrato desde el 03 de marzo hasta el 31 de 12 del 2010, luego les envian su carta de agradecimiento, y ahora los ex servidores piden su contraprestacion economica por descanso fisico de 15 dias, la consulta es si la prorroga o la renovacion no interrumpe el calculo de servicios acumulados, siempre y cuando sean ininterrumpidos????? el año de servicio acumulado o puede entrar a cuenat el corte laboral
saludos, a la fecha tendra conocimiento si el MTPE ya reglamento sobre la sentencia de sindicalizacion de los CAS.
Mi consulta es la siguiente,yo soy pensionista de una AFP,pero no llego ni a 400 soles mensuales, razon por la que me veo obligado a buscar trabajo, me han ofrecido hacerme un contrato CAS, pregunto: si de mi pension me descuenta por Salud, de lo que me fijen por contrato CAS, me deben descontar otra vez salud?
saludos: tengo trabajando desde febrero del 2007 hasta la actualidad, de los cuales 8 meses trabaje bajo la modalidad de servicio no personales (febrero a octubre -2007) y el siguiente mes hasta la fecha, que sigo laborando bajo la modalida del decreto legislativo nª 728-plazo fijo, (contrato de suplencia) para la entidad del poder judicial.. mi pregunta …. puedo hacer una demanda laboral de desnaturalizacion de contrato, para que se reconosca como trabajador a plazo indeterminado.
agradecere su respuesta gracias.
- asimismo le informo cuando labore por servicio no personales cuento memorandum, resoluciones de reconocimientos, durante los 8 meses
En un centro laboral me quieren contratar por CAS en este año pero en el proceso de selección que se hizo en este año se contrato a un personal que ya renuncio, se me puede realizar el contrato por cas en este mismo año fiscal que tramites a seguir se debe realizar que procedimientos.
Gracias
Buen día:
Desde el año 2009 vengo trabajando de manera interrumpida hasta la fecha en una entidad del estado, por lo que ya cumputo 12 meses de trabajo bajo CAS, pero en la oficina de personal me dicen QUE NO ME CORRESPONDE VACACIONES porque la norma dice 1 AÑO DE TRABAJO y ellos lo interpretan como que se debe trabajar de manera ininterrumpida ¿qué me pueden decir? ¿me asiste la ley?. Gracias
vengo laboarndo desde el 2008 por suplencia temporal y apartir del 2010 de junio me contratan en la modalidad de cas tengo derecho a estabilidad laboral
Trabajé en SUNAT por 3 años bajo el regimen 728 en planilla hasta el 31/10/2010. Luego de eso nuestro contrato ya no lo renovaron mas porque empezaron a contratar bajo el regimen CAS.
Escribo para realizarte la siguiente consulta referente a mi demanda laboral que interpuse el 20/01/2011 en contra de SUNAT por desnaturalización de contrato pidiendo asi la reposición. Ya la declararon admitida.
Ahora mi duda es la siguiente, ha salido una convocatoria en SUNAT bajo el régimen CAS para otra área diferente en la q yo estaba trabajando anteriormente. He postulado y de aprobar todo el proceso de selección, habría algún inconveniente en que yo acepte y firme ese contrato CAS a pesar de que tengo mi demanda en curso? Es decir, afectaría de alguna manera mi juicio? O puedo laborar como CAS hasta que salga la sentencia en primera instancia?
Agradezco la atención brindada.
EN LA MUNICIPALIDAD DONDE LABORAMOS, EN EL AÑO 2007 INGRESAMOS UN TOTAL DE 07 TRABAJADORES, OCUPANDO JEFATURAS, POR SNP, CON UN SUELDO PROMEDIO DE 1 200, LUEGO EN EL AÑO 2009 NOS PASAN A CAS Y SE NOS INCREMENTA EL SUELDO A 1300, EN ENERO DE ESTE AÑO MEDIANTE RESOLUCION DE ALCALDIA SE NOS NOS CONTRATA POR SERVICIOS PERSONALES A PLAZO FIJO Y SE NOS AUMENTA EL SUELDO A 1 500. CABE HACER MENCION QUE NUNCA CONCURSAMOS PARA INGRESAR A ESTAS PLAZAS. ¿ES ESTO CORRECTO? O ACASO ES ILEGAL Y NOS PUEDE ACARREAR ALGUN PROBLEMA FUTURO ¿ QUE DEBEMOS HACER?. DIGAME, EL ADMINISTRADOR A PESAR DE SER UN CARGO DE CONFIANZA, TAMBIEN SE HA ACOPGIDO A ESTE PROCEDIMIENTO ¿ES ESTO CORRECTO O NO PUEDE POR SER CARGO DE CONFIANZA?
mira tengo 8 años trabajando en la Municipalidad e huamanga me despidieron el agosto del 2009 casi de 6 años volvi con un proceso judicial el abril del 2010 ahora en enero nos hiso el contratto via cas hasta el mes de junio, y ahora el jefe de persnal nos quiere sacasr en el mes de junio mi proces juducial me vaa amparar si o no me siento preocupado
gracias por la respuesta.
Dr. requiero sugerencias y agradeciendo anticipadamente, trabajé en una municipalidad por contrato cas de fecha 3 de enero a 30 de junio y renovado desde el 1 de julio al 31 de diciembre, quisiera saber si me corresponde cobrar vacaciones porque ya no fui recontratado por la actual gestión.
gracias
quisiera saber si puedo optener algun beneficio vengo laborando en una institucion publica desde el año 2004 al 2009 trabaje como snp luego pase a cas aun sigo trabajando si hago juicio me reconoceran mi tiempo de servicio
hola si una persona es contratada por cas y esta tiene un bebe recien nacido tiene derecho a gozar de su periodo de lactancia materna es decir 1 hora posterior a la hora de ingreso por un año
Hola, trabaje para Sunat desde el 02 de agosto 2010 hasta el 30 de junio 2011 ingresando por concurso publico para conductor control movil garita ya que cuando entramos no tenian lo choferes necesarios para para dichos puestos, osea hemos realizado trabajos de trabajadores permanentes pero ahora me dicen que de todo el grupo que fuimos 6 que ingresamos soy el unico despedido porque no le quieren dejar una carga laboral al proximo gobierno.Estoy fuera desde el 30 de junio ¿puedo hacer un jucio para reposicion de puesto de trabajo teneiendo solamente 11 meses de haber laborado en sunat? y como mi ultimo recibo de honorarios me pagan el 31 de julio ¿ me tocara algo de vacaciones truncas? ya que labore 11 mese.
Gracias por su respuesta.
WILMER.
es verdad que a los enfermeros q estamos contratados bajo el CAS y ya cumplimos un año nos pueden despedir?o tenemos una ley q nos proteja,y ahora q ollanta a hablado sobre los CAS que quiso decir?gracias q Dios lo bendiga
las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) que son de regimen mixto pueden hacer contratos CAS
hola trabaje durante 9.5 meses consecutivos en CAS en una municipalidad, luego pase a planilla de Obra por 3 meses. El 13 de julio del 2009 ingrese a CAS me cesaron el 30 de abril luego ingrese a planilla de Obra desde el 03 de mayo al 31 de julio 2010 (porque el sabado era 1 y domingo 2 de mayo), bueno sumando tendria mas de un año, quisiera saber si me corresponde algun beneficio si podria pedir que me contraten de nuevo.
Gracias
Saludos, trabaje bajo contrato CAS desde el 01/03/2010 hasta el 30/04/2011, solicite hacer uso de mis 15 dias de vaciones del 11/04/2011 al 25/04/2011, el 12/04/2011 me suspenden las vacaciones por necesidad de servicio y me reincorporo a laborar el 13/04/2011, el 29/04/2011 me comunican la no renovacion de mi contrato CAS. Tengo derecho a reclamar las vacaciones truncas?, 02 sueldos por despido?, por favor quisiera orientacion al respecto
MI CASO ES ESTE: YO INGRESE A TRABAJAR A LA UNIVERSIDAD DE INGENIERIA EN OCTUBRE DEL 2006 COMO SERVICIOS NO PERSONALES Y EN AGOSTO DEL 2008 ME CAMBIARON A CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS), EN AGOSTO DE ESTE AÑO 2011 SIN MOTIVO ALGUNO NO ME HAN RENOVADO. YO RECIBIRIA ALGUNA INDEMNIZACION POR DESPEDIRME DE ESA MANERA PUES LA FUNCION QUE DESEMPEÑO ESTA LABORANDO OTRA PERSONA POR UN IMPORTE MAYOR AL QUE YO PERCIBIA 2500 MIENTRAR YO GANABA 1000 SOLICITO UNA RESPUESTA URGENTE
GRACIAS
VERONICA
Sres. ABOGADOS; Les sugieron que deben actualizar sus articulo respecto al CAS, pues es inconsebible seguir creyendo que los que laboraron bajo SNP y posteriormente fueron sustituidos por el CAS, les alcanza la ley 24041, pues bien sabemos que ya el Tribunal Constitucional, mediante el Expediente Nº 00002-2010-PI/TC; EXP. N.° 00447-2011-PA/TC, entre otros expediente) ya se pronuncio respecto a la naturaleza del CAS (temporal), en tal sentido les deberán actualizar su articulo a efectos de no inducir al error a sus lectores . Atte Abog. Pedo Llovera – Cajamarca
Saludos previos; trabajo actualmente en una institucion estatal mi caso es este:
comence a trabajar como practicante (con contrato) el año 2007 (Julio – Noviembre) con RHP, luego trabaje sin contrato durante 5 meses mas (Diciembre – Abril) con RHP, luego regrese a la instucion el año 2008 durante 5 meses mas con RHP, de igual forma me volvieron a contratar sin contrato a partir del año 2009 (Julio) bajo modalidad de RHP durante 8 meses (hasta Febrero 2010) a partir de Marzo 2010 me contrataron bajo modalidad de CAS la cual fue renovando cada termino de contrato, a la fecha continuo bajo esa modalidad con tratato hasta el mes de Diciembre 2011. Mi pregunta es esta: por razones politicas me pueden separar de la Institucion?? llevo desde Julio 2009 laborando inenterrumpidamente, tengo beneficios ganados??? y cuales serian.
Gracias.
Frank
señores poderosos de la ley les comaento a ustedes 4 renobaciones de contrato en este año el primero fue el 25 de abril del 2011 el segundo el 19 de mayo el tercero en junio y el ultimo en septiembre.
mi pregunta es resibire una liquidacion o compensacion por mis servicios prestados.
HOLA ESTOY TRABAJANDO DE ENERO A DICIEMBRE EN LA MODALIDAD DEL CAS DE ESTE AÑO EN LA MUNICIPALIDAD Y T NOS A LLEGADO NUESTRA CARTA DE AGRADECIMIENTO Y ESTOY EMBARAZADA TENGO DERECHO A SEGUIR ESTANDO EN LA MODALIDAD DEL CAS Y MIS VACACIONES
hola soy trabajador CAS en un centro educativo y mi contrato ya culmina el 31 de diciembre, pero en la UGEL ya nos están entregando un MEMORÁNDUM comunicándonos la culminación de nuestro contrato el 31 de diciembre.
nos pueden despedir aun teniendo 2 años de servicios acaso aun no tenemos derecho ganados contestar por favor que debo hacer
Hola estoy contratada como personal CAS en una municipalidad, trabajo desde 3 de marzo del 2011 hasta el 31 de diciembre del 2011, a fin de mes de diciembre nos remitiron a la gerencia a la cual trabajo un documento donde señalaba que todo personal CAS que halla cumplido con las labores encomendadas, halla demostrado puntualida, eficiencia de deberia renovar por un periodo de tres meses, pero al final se nos renovo por solo 1 mes a partir de 2 de enero hasta el 31 de enero, ahora van a convocar el 20 de enero para la contratacion de CAS, en este caso, dice que no hay continuidad en el trabajo, por si bien trabajamos hasta el 31 de diciembre del 2011 y comenzamos a trabajar a partir del 2 de enero del 2012 dice q no existe continuidad. la pregunta es no pueden sacar como si nada, no tenemos derecho, a que nos sigan renovando, o es que nos pueden tratar como cualquier cosas porque no tenemos una ley que nos ampare.